LOPSRM

Artículo 90. Alegatos en inconformidades

Después de desahogar pruebas, se permite a las partes presentar alegatos por escrito. La autoridad dictará resolución en un plazo de quince días hábiles.

alegatosinconformidadesresolución

Texto Legal

Desahogadas las pruebas, se pondrán las actuaciones a disposición del inconforme y tercero interesado a efecto de que dentro del plazo de tres días hábiles formulen sus alegatos por escrito.

Transcurrido el término señalado, la autoridad que conozca de la inconformidad cerrará la instrucción y dictará la resolución en un término de quince días hábiles. Artículo reformado DOF 07-07-2005, 28-05-2009 (y reubicado). Reformado DOF 16-04-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que los inconformes preparen sus alegatos de manera clara y concisa. Esto puede influir significativamente en la decisión de la autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LOPSRM?

Después de desahogar pruebas, se permite a las partes presentar alegatos por escrito. La autoridad dictará resolución en un plazo de quince días hábiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados ...?

Es crucial que los inconformes preparen sus alegatos de manera clara y concisa. Esto puede influir significativamente en la decisión de la autoridad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 90 del LOPSRM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 90 LOPSRM desde tu celular