La Junta de Gobierno se reune ordinariamente al menos cuatro veces al ano y extraordinariamente segun propuesta del Director General, con validez si asiste la mitad mas uno de miembros.
La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias por lo menos cuatro veces al año y las extraordinarias que proponga el Director General de la Comisión.
La Junta de Gobierno sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Sus decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo procesal que regula operativa de sesiones. El quorum de mitad mas uno es relativamente bajo considerando el numero de participantes; decisiones por mayoria pueden adoptarse con minoria significativa de entidades ausentes.
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