LViv

Artículo 41. Participacion sectores social privado vivienda

El Ejecutivo Federal promovera la participacion de los sectores social y privado en la instrumentacion de programas y acciones de vivienda. Establece la base para la colaboracion publico-privada en materia habitacional.

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Texto Legal

El Ejecutivo Federal promoverá la participación de los sectores social y privado en la instrumentación de los programas y acciones de vivienda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo sienta las bases para entender el modelo de vivienda mexicano que no descansa unicamente en inversion publica. Es importante en negocios inmobiliarios para identificar oportunidades de participacion con el gobierno federal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LViv?

El Ejecutivo Federal promovera la participacion de los sectores social y privado en la instrumentacion de programas y acciones de vivienda. Establece la base para la colaboracion publico-privada en materia habitacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Vivienda?

Este articulo sienta las bases para entender el modelo de vivienda mexicano que no descansa unicamente en inversion publica. Es importante en negocios inmobiliarios para identificar oportunidades de participacion con el gobierno federal.

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