Establece que gobiernos estatales, municipales, organizaciones sociales e instituciones educativas deben proporcionar informacion al sistema respecto a vivienda. Se busca conjuncion de recursos regionales para financiar proyectos.
Los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las organizaciones de los sectores social y privado, así como las instituciones de educación superior y de investigación, proporcionarán la información correspondiente en el marco de los acuerdos y convenios que al efecto se celebren con la Comisión, en la que se deberá tomar en cuenta las prioridades comunes para la región y la conjunción de recursos para financiar proyectos que detonen el desarrollo de la vivienda. Artículo reformado DOF 24-03-2014
TÍTULO CUARTO DEL FINANCIAMIENTO PARA LA VIVIENDA
CAPÍTULO I De las Disposiciones Generales para el Financiamiento de la Vivienda
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo coordinador que requiere participacion de multiples niveles de gobierno. Contadores deben entender las obligaciones de reporte de gobiernos locales para auditar programas de vivienda.
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