La autoridad competente puede expedir copias certificadas de la edicion impresa del Diario Oficial. El costo de las mismas sera determinado por legislacion aplicable.
La autoridad competente podrá expedir copias certificadas de la edición impresa del Diario Oficial de la Federación. El costo de las mismas será el que se determine en la legislación aplicable. Artículo reformado DOF 05-06-2012, 31-05-2019
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aunque procedimental, esto asegura disponibilidad de copias autenticas con valor legal. Utiles para defensa en litigio fiscal o administrativo como prueba de publicacion de una disposicion.
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Art. 8. Acceso gratuito y facilidades de consulta
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Art. 10. Medidas de custodia y preservacion
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