El patrimonio del Fondo Mexicano del Petróleo se compone de ingresos de asignaciones, productos de inversiones y donaciones. Estos recursos son considerados de naturaleza federal, imprescriptibles e inembargables, lo que garantiza su protección.
El patrimonio del Fondo Mexicano del Petróleo se constituirá por:
I. Los ingresos derivados de las asignaciones y los contratos a que se refiere el artículo 1 de esta Ley, los cuales incluyen los acuerdos o resoluciones de unificación; Fracción reformada DOF 18-03-2025
II. El producto de las inversiones que se deriven de los recursos del Fondo Mexicano del Petróleo, y
III. Las donaciones o cualquier tipo de aportación provenientes de cualquier persona física o moral, sin que por ese hecho se consideren como fideicomitentes o fideicomisarios o tengan derecho alguno sobre el patrimonio fideicomitido.
Para todos los efectos legales, los recursos que conforman el patrimonio del Fondo Mexicano del Petróleo serán considerados de naturaleza federal, imprescriptibles e inembargables.
CAPÍTULO II Del Fondo Mexicano del Petróleo y su Comité
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La naturaleza federal e inembargable del patrimonio del Fondo es crucial para su estabilidad financiera. Los profesionales deben tener en cuenta estas características al asesorar sobre inversiones y administración de recursos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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