Incapacidad fisica se prueba con dictamen pericial de dos medicos militares o navales especialistas designados por Defensa o Marina.
La imposibilidad física para trabajar, será probada con dictamen pericial de dos médicos militares o navales especialistas designados por la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Procedimiento riguroso que requiere dos opiniones especializadas militares. No acepta peritajes civiles aislados. Importante para procesos de invalidez laboral y derechos derivados de incapacidad permanente.
Anterior
Art. 156. Acreditacion de estado civil y parentesco
Siguiente
Art. 158. Comprobacion de incapacidad legal
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo