Todos los certificados y dictámenes médicos para retiro deben estar suscritos por mínimo dos médicos militares o navales especialistas en el padecimiento presentado.
En todos los casos en que se requiera la presentación de certificados y dictámenes médicos, éstos deberán estar suscritos, cuando menos por dos médicos militares o navales especialistas en el padecimiento que presenta el militar. Artículo reformado DOF 20-11-2008
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta exigencia de doble firma medica desde 2008 fortalece la validez de dictamenes ante reclamaciones. Rechace expedientes con un solo médico o sin especialidad acreditada en el tema.
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Art. 182. Fijacion de cuantia de beneficio de retiro
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