LISSFAM

Artículo 198. Recurso de reconsideracion de resolucion de Junta

Interesados pueden ejercitar recurso de reconsideracion en 15 días de notificacion de resolucion provisional, ofreciendo pruebas en 15 días adicionales. Se rechaza lo ya resuelto por Secretarias. Silencio hace definitiva la resolucion.

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Texto Legal

Al notificarse la resolución anterior, que tendrá carácter de provisional, los interesados podrán ejercitar dentro de un plazo de quince días el recurso de reconsideración, contando con quince días para la presentación de pruebas si las ofrecieran precisamente en el escrito con que interpusieron el recurso. El recurso de reconsideración a que se refiere este artículo, se rechazará de plano en lo que se refiere a lo ya resuelto por la Dirección encargada de tramitar administrativamente los retiros respectivamente, de las Secretarías de la Defensa Nacional o de Marina, en su caso. Párrafo reformado DOF 20-11-2008

Si dentro del primer plazo manifiestan su conformidad o dejaren que transcurra en silencio, lo que significará una aceptación tácita, se tendrá como definitiva la resolución de la Junta.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El recurso es limitado pues no reexamina decisiones de Secretarias. Comunique claramente su alcance a beneficiarios para evitar expectativas infladas. El silencio nuevamente genera aceptacion tacita; documente todas las notificaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 198 del LISSFAM?

Interesados pueden ejercitar recurso de reconsideracion en 15 días de notificacion de resolucion provisional, ofreciendo pruebas en 15 días adicionales. Se rechaza lo ya resuelto por Secretarias. Silencio hace definitiva la resolucion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 198 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las ...?

El recurso es limitado pues no reexamina decisiones de Secretarias. Comunique claramente su alcance a beneficiarios para evitar expectativas infladas. El silencio nuevamente genera aceptacion tacita; documente todas las notificaciones.

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