Obliga a militares con licencia especial y familiares de fallecidos a senalar domicilio para notificaciones, permitiendo designar representante. La omision suspende el tramite hasta cumplimiento.
Los militares con licencia ilimitada, extraordinaria o especial, y los familiares de militares fallecidos deberán señalar en el escrito en que soliciten beneficio, un domicilio para notificaciones y, si lo desean, podrán designar alguna persona que los reciba en su nombre. La omisión del señalamiento del domicilio determinará la suspensión del trámite de beneficio hasta que se llene este requisito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta es una causa de suspension muy comun en la practica. El domicilio debe ser especifico y claro; las familias con dificultades pueden designar representante, lo que acelera tramites posteriores.
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