Para pago a conyuge, concubino, hijos o padres del militar, basta presentar credencial de afiliacion. Para otros, se requiere identificacion oficial para comprobar personalidad.
Cuando proceda el pago del seguro al cónyuge, o en su caso a la concubina o al concubino, los hijos y los padres del militar fallecido, el Instituto cubrirá su importe sin más requisitos que la presentación de la credencial correspondiente de afiliación. En cualquier otro caso, se comprobará la personalidad con una identificación oficial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Simplificacion de tramites para parientes directo. Uso de credencial de afiliacion como comprobante facilita agilidad. Otros beneficiarios necesitan id oficial. Esto agiliza pagos pero requiere mantener expedientes organizados.
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Art. 78. Notificacion del fallecimiento al beneficiario
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Art. 80. Documentacion y plazo de pago de suma asegurada
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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