Los miembros de la Junta Directiva no pueden ser servidores publicos de confianza del Instituto, salvo el Director General.
Los miembros de la Junta Directiva no podrán ser al mismo tiempo servidores públicos de confianza del Instituto, salvo el Director General.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Norma de transparencia que evita conflicto de intereses. Solo el Director General puede acumular ambos cargos, como es logico en su funcion ejecutiva.
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