Los pensionados que reingresen al servicio activo no pueden renunciar a su pensión para solicitar una nueva, salvo excepciones. Esto protege los derechos de los pensionados y asegura la continuidad de sus beneficios.
Cuando un Pensionado reingresare al servicio activo, no podrá renunciar a la Pensión que le hubiere sido concedida para solicitar y obtener otra nueva, salvo el caso de inhabilitados que quedaren aptos para el servicio.
El Pensionado por invalidez e incapacidad total que reingresare al servicio activo deberá notificar al Instituto en un plazo no mayor a diez días hábiles, a efecto de que se suspenda temporalmente su Pensión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los pensionados conozcan sus derechos al reingresar al servicio activo. Se debe asesorar a los pensionados sobre las implicaciones de su decisión para evitar la pérdida de beneficios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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