Tres integrantes tripartitos (Gobierno, trabajadores, empleadores) designados por Consejo previo dictamen de Comision Vigilancia, ratificados por Asamblea. Requisitos incluyen titulo profesional, experiencia auditoria 5 anos en entidades financieras, sin antecedentes.
La Comisión de vigilancia tendrá las siguientes atribuciones y facultades: Párrafo reformado DOF 24-01-2017
I.- Proponer a la Asamblea y al Consejo de Administración, en su caso, las medidas que juzgue convenientes para mejorar el funcionamiento del Instituto;
II.- Proponer para la aprobación de la Asamblea General el Código de Ética del Instituto;
III.- Vigilar que los integrantes de los Órganos del Instituto actúen conforme a la normatividad aplicable y con apego al Código de Ética del Instituto;
IV.- Informar, una vez al año, a la Asamblea General sobre el funcionamiento de los Órganos del Instituto;
V.- Proponer a la Asamblea General la designación o remoción de los miembros del Comité de Transparencia y de la Comisión de Inconformidades; Fracción reformada DOF 24-01-2017
VI.- Vigilar la actuación del Comité de Transparencia y de la Comisión de Inconformidades; Fracción reformada DOF 24-01-2017
LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-02-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VII.- En los casos que a su juicio lo amerite, convocar a Asamblea General;
VIII.- Enviar al Consejo de Administración su opinión sobre el informe periódico que le remita el Comité de Auditoría;
IX.- Emitir dictamen sobre el informe que le remita el Comité de Auditoría en relación a la situación que guarda el sistema de control interno del Instituto, para su presentación al Consejo de Administración o a la Asamblea General;
X.- Enviar al Consejo de Administración su opinión sobre el informe que le presente mensualmente cualquiera de las diferentes áreas de la Administración, y
XI.- Dictaminar la propuesta para el nombramiento y remoción de los miembros del Comité de Auditoría.
La Comisión de Vigilancia podrá solicitar la opinión de terceros para el adecuado desempeño de sus funciones. Artículo reformado DOF 01-06-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Organo tecnico autonomo. Su ratificacion asamblearia lo hace independiente. Contadores: este Comite aprueba dictamenes de auditor externo; es socio clave en control de calidad financiero. Requisitos de experiencia en entidades financieras son altos.
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