Comisarios duran seis anos y pueden ser removidos por Asamblea a peticion del sector que los propuso. Quedaran suspendidos inmediatamente al solicitarse remocion.
Los integrantes de la Comisión de Vigilancia durarán en su cargo seis años y podrán ser removidos
por la Asamblea General, a petición de quien les hubiere propuesto. La solicitud de remoción se hará por
conducto de la persona titular de la Dirección General.
Los integrantes de la Comisión de Vigilancia cuya remoción se haya solicitado, quedarán de inmediato
suspendidos en sus funciones y el suplente tomará su lugar, hasta en tanto la Asamblea General
determine lo conducente.
Artículo reformado DOF 06-01-1997, 01-06-2005, 21-02-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mecanismo de control interno con suspensiones automaticas. Importante en litigio si se cuestiona legitimidad de acuerdos tomados durante periodo de remocion solicitada.
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