El Ejecutivo Federal fija cada seis anos las organizaciones nacionales de trabajadores y empleadores que designaran integrantes de la Asamblea General.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, fijará, cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, las bases para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea General, procurando en todo momento la representación de los sectores empresarial y de las personas trabajadoras. Artículo reformado DOF 21-02-2025
LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-02-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Control federal sobre participacion sectorial. Relevante en auditorias para verificar que designaciones cumplan con las organizaciones autorizadas. Cambios en bases cada sexenio crean riesgos de discontinuidad en acuerdos.
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