88_200521

Artículo 13. Facultades de la Junta de Gobierno

Se enumeran las facultades de la Junta de Gobierno, que incluyen la aprobación de presupuestos y políticas generales del Instituto.

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Texto Legal

Para el cumplimiento de las atribuciones del Instituto, la Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

I. Integrar por consenso y de no alcanzar el mismo, por acuerdo de las tres quintas partes de la totalidad de sus integrantes, una terna que someterá a la consideración del Presidente de la República, a efecto de que designe a la Presidencia del Instituto Nacional de las Mujeres;

II. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto;

III. Aprobar el presupuesto, informes de actividades y estados financieros anuales del Instituto, y autorizar su publicación previo informe de los comisarios y del dictamen de los auditores externos;

IV. Autorizar la creación de comités de apoyo y grupos de trabajo temporales;

V. Aprobar, de acuerdo con las leyes aplicables, las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos y acuerdos que deba celebrar el Instituto;

VI. Establecer, observando la ley, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera;

VII. Nombrar a las vocales propietarias a que se refiere el artículo 12, fracción II, inciso b) de esta Ley;

VIII. Designar y remover, a propuesta de la Presidencia, a las y los servidores públicos de los niveles administrativos inferiores al de aquélla;

IX. Designar y remover, a propuesta de la Presidencia, a la Secretaria Técnica y a la Prosecretaria; LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

X. Aprobar el reglamento interior, la organización general del organismo y los manuales de procedimientos;

XI. Aprobar en términos de ley, el Estatuto Orgánico del Instituto y los apéndices administrativos que correspondan;

XII. Fijar las condiciones generales de trabajo;

XIII. Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda la Presidencia, con la intervención que corresponda al Comisario;

XIV. Aprobar la aceptación de herencia, legados, donaciones y demás liberalidades;

XV. Conocer y aprobar los convenios de colaboración que hayan de celebrarse con dependencias y entidades públicas;

XVI. Expedir la convocatoria para la integración del Consejo Consultivo y del Consejo Social, y

XVII. Las demás que le atribuyan esta Ley y el Estatuto Orgánico del Instituto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las facultades de la Junta es esencial para entender cómo se gestionan los recursos del Instituto. Los contadores deben estar atentos a la transparencia en la administración.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del 88_200521?

Se enumeran las facultades de la Junta de Gobierno, que incluyen la aprobación de presupuestos y políticas generales del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY del Instituto Nacional de las Mujeres?

Conocer las facultades de la Junta es esencial para entender cómo se gestionan los recursos del Instituto. Los contadores deben estar atentos a la transparencia en la administración.

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