LINPI

Artículo 6. Principios del Instituto

El Instituto se regirá por principios que promueven la diversidad cultural y el respeto a la libre determinación de los pueblos indígenas. Estos principios son fundamentales para la implementación de políticas inclusivas.

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Texto Legal

El Instituto en el marco del desarrollo de sus atribuciones, se regirá por los siguientes principios:

I. Respetar, observar, y promover el carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la Nación, así como su diversidad cultural, social, política y económica;

II. Garantizar el reconocimiento y respeto del derecho de libre determinación de los pueblos indígenas y, como una expresión de ésta, la autonomía, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos jurídicos internacionales de los que el país es parte;

III. Promover una relación justa y simétrica de los diversos pueblos que componen la Nación Mexicana, así como la no discriminación o exclusión social y la construcción de una sociedad incluyente, plural, intercultural, tolerante y respetuosa de la diversidad de pueblos y culturas que conforman el país;

IV. Garantizar y promover la integralidad, transversalidad e interculturalidad de las políticas, programas y acciones de la Administración Pública Federal para el reconocimiento, respeto e implementación de los derechos y el desarrollo de los pueblos indígenas y afromexicano;

V. Fomentar el desarrollo sostenible para el uso racional de los recursos naturales de las regiones y territorios indígenas, con pleno respeto a sus derechos, sin arriesgar o dañar el patrimonio de las generaciones futuras;

VI. Incluir el enfoque de igualdad de género en las políticas, programas y acciones de la Administración Pública Federal para la promoción y ejercicio de los derechos y la participación de las mujeres indígenas y afromexicanas;

VII. Garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, cada vez que el ejecutivo federal promueva reformas jurídicas y actos administrativos, susceptibles de afectarles, y

VIII. Garantizar y promover el pluralismo jurídico que obliga a analizar la situación de los pueblos indígenas desde sus propios sistemas normativos que parten y tienen diferentes concepciones sobre el ejercicio del gobierno comunitario, en un marco de coordinación y respeto con el sistema jurídico federal y estatal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender los principios que rigen al Instituto es esencial para cualquier interacción con comunidades indígenas. Esto asegura que las políticas sean respetuosas y efectivas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LINPI?

El Instituto se regirá por principios que promueven la diversidad cultural y el respeto a la libre determinación de los pueblos indígenas. Estos principios son fundamentales para la implementación de políticas inclusivas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY del Instituto Nacional de los Pueblos Indíg...?

Comprender los principios que rigen al Instituto es esencial para cualquier interacción con comunidades indígenas. Esto asegura que las políticas sean respetuosas y efectivas.

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