Lo dispuesto en articulos 137 y 138 se aplica sin perjuicio de otras facultades de la Comision conforme a ley y disposiciones aplicables.
Lo dispuesto en los artículos 137 y 138 de esta Ley, se aplicará sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a la Comisión de conformidad con el presente ordenamiento y demás disposiciones aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo de caracter interpretativo que reafirma que la Comision mantiene facultades adicionales mas alla de las enumeradas. No limita poderes regulatorios.
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Art. 138. Causales de suspension o limitación de actividades
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Art. 140. Medidas por operaciones irregulares
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