Las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores no podrán actuar como contraparte de sus usuarios en las operaciones canalizadas a través de sus sistemas, garantizando así la imparcialidad en las transacciones.
Las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores tendrán prohibido asumir el carácter de contraparte de cualquiera de sus usuarios en las operaciones que se canalicen a través de sus sistemas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta prohibición es esencial para evitar conflictos de interés. Las sociedades deben implementar controles internos rigurosos para asegurar el cumplimiento de esta norma.
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