Las bolsas de valores y sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores pueden solicitar inscripcion en el Registro y oferta publica de acciones, sujetandose a normas de sociedades anonimas bursatiles.
Las bolsas de valores y sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores podrán solicitar la inscripción en el Registro y, en su caso, la oferta pública de las acciones representativas de su capital social, siempre que se ajusten a lo previsto para las sociedades anónimas bursátiles.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Permite que infraestructuras de mercado se financien publicamente, pero bajo regulacion estricta de sociedades anonimas bursatiles. Relevante para estructuras corporativas complejas de operadores de mercado.
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Art. 265. Prohibicion de Contraparte para Bolsas de Valores
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