Obliga a proveedores de precios a contar con codigo de conducta que rija actuacion de sociedad, consejeros y directivos involucrados en valuacion. CNBV puede establecer requisitos minimos.
Los proveedores de precios deberán contar con un código de conducta que rija la actuación de la propia sociedad, así como de los consejeros y demás directivos involucrados en el proceso de cálculo, determinación y proveeduría o suministro de precios actualizados.
La Comisión podrá establecer, mediante disposiciones de carácter general, requisitos mínimos que deberán contemplar los proveedores de precios en la elaboración del código de conducta a que se refiere este artículo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El codigo debe ser integral y abarcar todos los actores del proceso. CNBV emitira directrices sobre requisitos minimos. Este documento es auditado regularmente y su incumplimiento es causa de sanciones graves.
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