LMV

Artículo 362. Informacion privilegiada

El conocimiento de eventos relevantes no revelados al público se considera información privilegiada. Esto aplica incluso si no se conocen todas las características del evento.

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Texto Legal

El conocimiento de eventos relevantes que no hayan sido revelados al público por la emisora o emisora simplificada a través de la bolsa en la que coticen sus valores, constituye información privilegiada para los efectos de esta Ley. Párrafo reformado DOF 28-12-2023

No será necesario que la persona conozca todas las características del evento relevante para que cuente con información privilegiada, siempre que la parte a la que tenga acceso pueda incidir en la cotización o precio de los valores de una emisora.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las emisoras deben tener cuidado con la divulgación de información, ya que el manejo inadecuado puede llevar a sanciones severas por uso indebido de información privilegiada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 362 del LMV?

El conocimiento de eventos relevantes no revelados al público se considera información privilegiada. Esto aplica incluso si no se conocen todas las características del evento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 362 de la LEY del Mercado de Valores?

Las emisoras deben tener cuidado con la divulgación de información, ya que el manejo inadecuado puede llevar a sanciones severas por uso indebido de información privilegiada.

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