Los hidrocarburos deben ser manejados sin alteraciones y las Permisionarias son responsables de las actividades relacionadas con su importación. La Secretaría de Hacienda supervisará aspectos fiscales.
Los Hidrocarburos, los Petrolíferos y los Petroquímicos deben importarse, transportarse, almacenarse, comercializarse, distribuirse, venderse, comprarse, expenderse y suministrarse sin alteración o adulteración, de conformidad con lo que establece esta Ley y demás disposiciones aplicables. Para efectos de la presente Ley, se considera que los combustibles han sido alterados o adulterados cuando se modifique su composición respecto de las especificaciones establecidas en las disposiciones aplicables. Las personas Permisionarias de importación serán responsables solidarios en materia fiscal de las demás actividades reguladas asociadas a la importación, para lo cual se debe estar a lo dispuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben implementar controles de calidad rigurosos para evitar problemas legales y fiscales. La responsabilidad compartida puede complicar la gestión.
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