Este artículo establece que los costos de los avalúos y honorarios de Testigos Sociales deben ser cubiertos por las personas involucradas en el proceso.
Los avalúos que se practiquen en términos de este Capítulo, así como los honorarios que, en su caso, se causen por la participación de Testigos Sociales, deben ser cubiertos por las personas Asignatarias, Contratistas o Permisionarias de Transporte por ducto, conforme a lo que señale el Reglamento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que las partes involucradas planifiquen su presupuesto para cubrir estos costos. Los contadores deben incluir estos gastos en sus proyecciones financieras.
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