LMTR

Artículo 107. Confidencialidad de la informacion

La información transmitida por redes de telecomunicaciones será confidencial, salvo excepciones específicas. Esto protege la privacidad de los usuarios.

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Texto Legal

La información que se transmita a través de las redes y servicios de telecomunicaciones será confidencial, salvo aquella que por su propia naturaleza sea pública o cuando medie orden de autoridad judicial competente. Capítulo II De la Numeración, el Direccionamiento y la Denominación en los Servicios de Telecomunicaciones

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los concesionarios deben implementar medidas adecuadas para garantizar la confidencialidad de la información, ya que cualquier violación podría resultar en sanciones severas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 107 del LMTR?

La información transmitida por redes de telecomunicaciones será confidencial, salvo excepciones específicas. Esto protege la privacidad de los usuarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 107 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

Los concesionarios deben implementar medidas adecuadas para garantizar la confidencialidad de la información, ya que cualquier violación podría resultar en sanciones severas.

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