Los concesionarios deberán observar las condiciones técnicas mínimas de interconexión establecidas por la Comisión. Esto asegura la calidad del servicio.
Los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán observar las condiciones técnicas mínimas de interconexión que establezca la Comisión, así como las tarifas a que se refiere el artículo 116 de esta Ley, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias, las establecidas en los planes técnicos fundamentales y demás normas y metodologías aplicables que, en su caso, emita la Comisión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial que los concesionarios se mantengan actualizados sobre las condiciones técnicas para evitar incumplimientos que puedan afectar su operación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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