LMTR

Artículo 211. Funciones de la Secretaría de Cultura

La Secretaría de Cultura tiene la responsabilidad de promover la transmisión de programas de interés cultural y cívico, así como proteger los derechos de autor en materia de radiodifusión. También se le confieren otras atribuciones relacionadas con la ley y disposiciones legales.

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Texto Legal

Corresponde a la Secretaría de Cultura: I. Promover la transmisión de programas de interés cultural y cívico; II. Intervenir en materia de radiodifusión para proteger los derechos de autor, en los términos establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor, y III. Las demás que le confieran esta Ley y otras disposiciones legales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los radiodifusores conozcan las funciones de la Secretaría de Cultura para asegurar el cumplimiento de las normativas sobre derechos de autor y programación cultural.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 211 del LMTR?

La Secretaría de Cultura tiene la responsabilidad de promover la transmisión de programas de interés cultural y cívico, así como proteger los derechos de autor en materia de radiodifusión. También se le confieren otras atribuciones relacionadas con la ley y disposiciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 211 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

Es importante que los radiodifusores conozcan las funciones de la Secretaría de Cultura para asegurar el cumplimiento de las normativas sobre derechos de autor y programación cultural.

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