La Comisión considerará varios elementos para fijar las contraprestaciones por concesiones del espectro radioeléctrico, incluyendo la banda de frecuencia y su cobertura. Esto asegura un proceso justo y transparente.
Para fijar el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento, la prórroga de la vigencia o los cambios en los servicios de las concesiones y, en su caso, autorizaciones, así como por la autorización de los servicios vinculados a éstas, tratándose de concesiones o autorizaciones sobre el espectro radioeléctrico, la Comisión deberá considerar los siguientes elementos: I. Banda de frecuencia del espectro radioeléctrico de que se trate; II. Cantidad de espectro; III. Cobertura de la banda de frecuencia; IV. Vigencia de la concesión; V. Referencias del valor de mercado de la banda de frecuencia, cuando estén disponibles, y VI. El cumplimiento de los objetivos señalados en los artículos 6o. y 28 de la Constitución; así como de los establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y demás instrumentos programáticos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Comprender los elementos que influyen en las contraprestaciones es fundamental para los concesionarios. Una adecuada valoración puede optimizar costos y beneficios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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