El juez de control debe emitir una orden de aprehensión junto con una autorización de cateo si es solicitada por el Ministerio Público. Esto asegura que se especifiquen los domicilios y lugares a catear relacionados con el delito.
Cuando el Juez de control competente, emita una orden de aprehensión, deberá también acompañarla de una autorización de orden de cateo, si procediere, en el caso de que ésta haya sido solicitada por el agente del Ministerio Público de la Federación, debiendo especificar el domicilio del imputado o probable responsable, o aquellos que se señalen como los de su posible ubicación, o bien los lugares que deban catearse por tener relación con el delito, así como los demás requisitos que señala el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo adicionado DOF 16-06-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es fundamental para la correcta ejecución de las órdenes de aprehensión y cateo. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todos los requisitos establecidos para evitar nulidades en el proceso.
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