La autoridad judicial debe resolver la solicitud de arraigo en un plazo máximo de seis horas, garantizando su autenticidad. La solicitud debe incluir detalles sobre el lugar, tiempo y autoridades que ejecutarán la medida.
La petición de arraigo o su ampliación deberá ser resuelta por la autoridad judicial de manera inmediata por cualquier medio que garantice su autenticidad, o en audiencia privada con la sola comparecencia del agente del Ministerio Público de la Federación, en un plazo que no exceda de las seis horas siguientes a que se haya recibido.
En la solicitud, se deberán expresar las modalidades de lugar, tiempo, forma, así como las autoridades que lo ejecutarán. Artículo adicionado DOF 16-06-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los abogados comprendan los plazos y requisitos para la solicitud de arraigo, ya que cualquier error puede afectar la defensa del imputado. La rapidez en la respuesta judicial es fundamental para el proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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