El Órgano Jurisdiccional debe considerar los derechos ejidales o comunales de la Persona Desaparecida en su resolución. Esto protege los intereses de la familia en contextos agrarios.
Cuando la solicitud de Declaración Especial de Ausencia sea sobre una persona que tenga la calidad de ejidatario o comunero, el Órgano Jurisdiccional lo deberá de tomar en cuenta en su resolución, a fin de que sus derechos ejidales o comuneros sean ejercidos en términos de la Ley Agraria por sus Familiares.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los abogados conozcan las implicaciones de los derechos ejidales en el proceso de Declaración Especial de Ausencia para asesorar adecuadamente a los Familiares.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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