Las dependencias deben realizar evaluaciones de resultados de programas sujetos a reglas de operación, reportando los resultados trimestralmente.
Las dependencias, o las entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector, deberán realizar una evaluación de resultados de los programas sujetos a reglas de operación, por conducto de expertos, instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los programas. LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Párrafo reformado DOF 01-10-2007
Las evaluaciones se realizarán conforme al programa anual que al efecto establezca la Secretaría. Párrafo reformado DOF 01-10-2007, 16-07-2025
Las dependencias y entidades deberán reportar el resultado de las evaluaciones en los informes trimestrales que correspondan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La evaluación continua de programas es clave para medir su efectividad. Se recomienda establecer indicadores claros y realizar ajustes basados en los resultados obtenidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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