Se especifican los elementos que debe contener la respuesta del presunto infractor a la queja presentada. Esto incluye la aceptación o negación del acto reclamado.
La manifestación escrita del presunto infractor deberá señalar bajo protesta de decir verdad:
I. Nombre y domicilio en territorio nacional o correo electrónico para oír y recibir notificaciones, así como el nombre del autorizado quien quedará facultado para promover en su nombre;
II. Aceptación o negación concisa de haber realizado el acto reclamado;
III. Lo que a su derecho convenga respecto al hecho que se le atribuye;
IV. Contestación a los hechos que originan el acto reclamado;
V. Las pruebas que ofrecen relacionándolas con los hechos que se contestan y entregando las documentales, interrogatorios, cuestionarios y pliegos confesionales en el mismo escrito;
VI. Fundamentos de derecho;
VII. Excepciones y defensas;
VIII. Voluntad de llegar a una conciliación y la propuesta de ser el caso;
IX. Manifestación sobre las medidas precautorias, y
X. Firma, lugar y fecha.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los presuntos infractores deben preparar su defensa con cuidado, asegurándose de presentar pruebas que respalden su posición para evitar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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