Una vez alcanzado el requisito porcentual, se realizará un ejercicio muestra para corroborar la autenticidad de las firmas. Este procedimiento es esencial para garantizar la integridad del proceso.
Una vez que se haya alcanzado el requisito porcentual a que se refiere el artículo 7 de esta Ley, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores deberá realizar un ejercicio muestra para corroborar la autenticidad de las firmas de acuerdo a los criterios que defina al respecto la propia Dirección Ejecutiva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La realización de un ejercicio muestra es una medida de control que refuerza la transparencia del proceso. Los ciudadanos deben estar atentos a los resultados de este ejercicio.
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Art. 22. Verificación de la lista nominal
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