LFSA

Artículo 117. Prohibición de autoevaluación

Los organismos de certificación no podrán evaluar la conformidad de sus propios productos. Esto asegura imparcialidad en el proceso de certificación.

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Texto Legal

En ningún caso las personas físicas o morales aprobadas como organismos de certificación, unidades de verificación o laboratorios de pruebas podrán evaluar la conformidad de las normas oficiales a sí mismos o cuando tengan un interés directo.

Capítulo II De la Certificación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La prohibición de autoevaluación es fundamental para mantener la integridad del proceso de certificación. Las empresas deben buscar organismos independientes para asegurar la validez de sus certificaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 117 del LFSA?

Los organismos de certificación no podrán evaluar la conformidad de sus propios productos. Esto asegura imparcialidad en el proceso de certificación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 117 de la LEY de Sanidad Animal?

[IA] La prohibición de autoevaluación es fundamental para mantener la integridad del proceso de certificación. Las empresas deben buscar organismos independientes para asegurar la validez de sus certificaciones.

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