LFZEE

Artículo 20. Duracion de Permisos

Los Permisos pueden otorgarse por hasta 40 años y son prorrogables si se cumplen las obligaciones. La Secretaría evaluará diversos factores para su otorgamiento.

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Texto Legal

La Secretaría podrá otorgar los Permisos hasta por un plazo de 40 años, tomando en cuenta, cuando menos, la infraestructura existente; los montos de inversión que se requieran por parte del Administrador Integral para el cumplimiento de los objetivos de la Zona; la existencia de mano de obra calificada en el Área de Influencia; la conectividad de la Zona; la práctica internacional en zonas económicas que sean comparables, y su viabilidad financiera a largo plazo.

Los Permisos podrán ser prorrogados hasta por otro período igual al señalado originalmente, siempre y cuando el Administrador Integral haya cumplido con sus obligaciones establecidas en el Permiso, incluyendo el cumplimiento de los estándares de los Servicios Asociados, así como se consideren los criterios señalados en el párrafo anterior.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los Administradores Integrales mantengan un registro claro de sus obligaciones para facilitar la prórroga de los Permisos. Esto puede evitar complicaciones futuras en la operación de la Zona.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LFZEE?

Los Permisos pueden otorgarse por hasta 40 años y son prorrogables si se cumplen las obligaciones. La Secretaría evaluará diversos factores para su otorgamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de Zonas Económicas Especiales?

[IA] Es recomendable que los Administradores Integrales mantengan un registro claro de sus obligaciones para facilitar la prórroga de los Permisos. Esto puede evitar complicaciones futuras en la operación de la Zona.

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