LFZEE

Artículo 39. Atribuciones de la Comisión Intersecretarial

La Comisión tiene atribuciones para establecer políticas, aprobar programas de desarrollo y dar seguimiento a las acciones de las dependencias en relación con las Zonas. También puede emitir recomendaciones.

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Texto Legal

La Comisión Intersecretarial tendrá carácter permanente y tendrá las atribuciones siguientes:

I. Establecer la política para el establecimiento y desarrollo de Zonas;

II. Aprobar el Dictamen, a solicitud de la Secretaría;

III. Emitir los lineamientos a los cuales se sujetará la elaboración de Dictámenes;

IV. Aprobar el Programa de Desarrollo de cada Zona;

V. Determinar las acciones concretas que deben ejecutar las dependencias y entidades paraestatales en congruencia con el Programa de Desarrollo, con el objeto de asegurar el establecimiento, desarrollo y sustentabilidad de las Zonas y Áreas de Influencia;

VI. Dar seguimiento a la ejecución de las acciones señaladas en la fracción anterior, y formular las recomendaciones que correspondan;

VII. Establecer mecanismos de coordinación para agilizar la ejecución de políticas, proyectos y acciones, así como el otorgamiento de las concesiones y demás autorizaciones por parte de las dependencias o entidades paraestatales, que sean necesarias para el establecimiento y desarrollo de Zonas;

VIII. Proponer al Titular del Ejecutivo Federal, por conducto de la Presidencia de la Comisión Intersecretarial, los mecanismos para la coordinación de acciones y esfuerzos de los sectores público, privado y social en materia de información, inversiones, producción y demás factores que promuevan el desarrollo de las Zonas;

IX. Solicitar, cuando lo considere pertinente, la opinión·de académicos, especialistas o representantes de organismos de los sectores privado y social;

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X. Solicitar a las dependencias y entidades paraestatales la información que sea necesaria para el ejercicio de sus funciones, y

XI. Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores y abogados deben estar al tanto de las recomendaciones de la Comisión, ya que estas pueden afectar las estrategias de inversión y desarrollo en las Zonas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LFZEE?

La Comisión tiene atribuciones para establecer políticas, aprobar programas de desarrollo y dar seguimiento a las acciones de las dependencias en relación con las Zonas. También puede emitir recomendaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY de Zonas Económicas Especiales?

[IA] Los contadores y abogados deben estar al tanto de las recomendaciones de la Comisión, ya que estas pueden afectar las estrategias de inversión y desarrollo en las Zonas.

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