LFZEE

Artículo 8. Declaratoria de la Zona

El Ejecutivo Federal emitirá un decreto que declare la Zona, especificando su delimitación geográfica y los incentivos que se otorgarán. Este proceso es esencial para su formalización.

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Texto Legal

El Titular del Ejecutivo Federal, a través del decreto correspondiente, emitirá la declaratoria de la Zona. Dicho decreto será publicado en el Diario Oficial de la Federación y contendrá:

I. La delimitación geográfica precisa de la Zona en su modalidad unitaria, o bien, el polígono territorial donde podrán establecerse secciones, señalando las entidades federativas y los municipios en los que se ubicará la Zona. En su caso, deberá señalar los inmuebles del dominio público de la Federación que serán destinados para establecer la Zona, para los efectos previstos en el artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales;

II. La delimitación geográfica del Área de Influencia, señalando las entidades federativas y los municipios en los que se ubicará la misma;

III. Los motivos que justifican la declaratoria;

LEY FEDERAL DE ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

IV. Las facilidades administrativas y los incentivos fiscales, aduaneros y económicos, entre otros, que se otorgarán exclusivamente en la Zona;

V. El plazo dentro del cual deberá celebrarse el Convenio de Coordinación;

VI. La fecha a partir de la cual iniciará operaciones la Zona, y

VII. Los demás requisitos que establezca el Reglamento de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La declaratoria es un paso crucial para el establecimiento de una Zona. Los interesados deben seguir de cerca este proceso para asegurar que se cumplan los requisitos necesarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del LFZEE?

El Ejecutivo Federal emitirá un decreto que declare la Zona, especificando su delimitación geográfica y los incentivos que se otorgarán. Este proceso es esencial para su formalización.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Zonas Económicas Especiales?

[IA] La declaratoria es un paso crucial para el establecimiento de una Zona. Los interesados deben seguir de cerca este proceso para asegurar que se cumplan los requisitos necesarios.

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