Se establece una pena de seis a doce años de prisión para quienes divulguen información relacionada con el Programa sin autorización. La pena se incrementa para servidores públicos que cometan esta infracción.
A la persona que conozca información relacionada con la aplicación, ejecución y personas relacionadas con el presente Programa y divulgue la misma, sin contar con la autorización correspondiente, se le aplicará una pena de seis a doce años de prisión.
En caso de que sea un servidor público el que revele la información, la pena se incrementara hasta en una tercera parte, esto con independencia de otros posibles delitos en que pueda incurrir. Reforma DOF 17-06-2016: Derogó del artículo el entonces párrafo tercero
CAPÍTULO XVI DE LOS FONDOS DEL PROGRAMA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La severidad de las penas por divulgación no autorizada resalta la importancia de la confidencialidad en el Programa. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre las implicaciones legales de manejar información sensible.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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