LFPED

Artículo 63 Ter. Medidas precautorias

Este artículo permite al Consejo solicitar medidas precautorias en casos graves. Es una herramienta importante para prevenir daños irreparables.

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Texto Legal

En los casos de los que tenga conocimiento el Consejo y se consideren graves, podrá solicitar a cualquier particular o autoridad la adopción de las medidas precautorias o cautelares necesarias para evitar consecuencias de difícil o imposible reparación; lo anterior, a través del área que proporcione orientación o en la tramitación de los expedientes de queja. Artículo adicionado DOF 20-03-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de solicitar medidas precautorias es clave para proteger a las víctimas de discriminación. Los profesionales deben estar preparados para actuar rápidamente en estos casos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 Ter del LFPED?

Este artículo permite al Consejo solicitar medidas precautorias en casos graves. Es una herramienta importante para prevenir daños irreparables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 63 Ter de la LEY para Prevenir y Eliminar la Discriminación?

[IA] La posibilidad de solicitar medidas precautorias es clave para proteger a las víctimas de discriminación. Los profesionales deben estar preparados para actuar rápidamente en estos casos.

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