LGCS

Artículo 2. Normas para Entes Públicos

El artículo establece las normas que deben seguir los Entes Públicos para garantizar un gasto en Comunicación Social eficiente y transparente. Se enfatiza la importancia de respetar los topes presupuestales establecidos en los presupuestos de egresos.

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Texto Legal

[La presente Ley tiene por objeto establecer las normas a que deberán sujetarse los Entes Públicos a fin de garantizar que el gasto en Comunicación Social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.] Artículo reformado DOF 27-12-2022 Artículo declarado inválido por Resolutivos de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificados para efectos legales el 08-05-2023 Artículo que “recupera su vigencia con el texto que tenía al 27 de diciembre de 2022” por Engrose de sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificado el 31-05-2023 y publicado DOF 24-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es esencial para la correcta administración del gasto en comunicación social. Los contadores y administradores públicos deben asegurarse de que todas las campañas cumplan con los criterios de eficiencia y transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del LGCS?

El artículo establece las normas que deben seguir los Entes Públicos para garantizar un gasto en Comunicación Social eficiente y transparente. Se enfatiza la importancia de respetar los topes presupuestales establecidos en los presupuestos de egresos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Comunicación Social?

[IA] Este artículo es esencial para la correcta administración del gasto en comunicación social. Los contadores y administradores públicos deben asegurarse de que todas las campañas cumplan con los criterios de eficiencia y transparencia.

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