LGCS

Artículo 38. Fiscalización de Recursos Públicos

La Auditoría Superior de la Federación es responsable de la revisión y fiscalización de los recursos públicos en Comunicación Social. Esto garantiza el uso adecuado de los fondos públicos.

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Texto Legal

[La revisión y fiscalización de los recursos públicos federales en materia de Comunicación Social se realizará a través de la Auditoría Superior de la Federación, en términos de lo dispuesto por la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.] Párrafo reformado DOF 27-12-2022 Párrafo declarado inválido por Resolutivos de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificados para efectos legales el 08-05-2023 Párrafo que “recupera su vigencia con el texto que tenía al 27 de diciembre de 2022” por Engrose de sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificado el 31-05-2023 y publicado DOF 24-11-2023

La revisión y fiscalización de los recursos públicos en materia de Comunicación Social de los Entes Públicos de las Entidades Federativas, los municipios, la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales, se realizará a través de la Contraloría estatal o equivalente en las Entidades Federativas, en términos de lo dispuesto por la legislación aplicable en cada caso en materia de fiscalización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La fiscalización es una herramienta clave para prevenir el mal uso de recursos. Las entidades deben colaborar con la Auditoría para asegurar la transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del LGCS?

La Auditoría Superior de la Federación es responsable de la revisión y fiscalización de los recursos públicos en Comunicación Social. Esto garantiza el uso adecuado de los fondos públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 38 de la LEY de Comunicación Social?

[IA] La fiscalización es una herramienta clave para prevenir el mal uso de recursos. Las entidades deben colaborar con la Auditoría para asegurar la transparencia.

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