LGCG

Artículo 24. Registros contables de bienes

Los registros contables de los bienes deben realizarse en cuentas especificas del activo. Esto es esencial para la correcta clasificacion y seguimiento de los bienes publicos.

registros contablesbienesactivo

Texto Legal

Los registros contables de los bienes a que se refiere el artículo anterior se realizarán en cuentas específicas del activo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los contadores mantengan un registro detallado para facilitar auditorias y revisiones futuras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LGCG?

Los registros contables de los bienes deben realizarse en cuentas especificas del activo. Esto es esencial para la correcta clasificacion y seguimiento de los bienes publicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY de Contabilidad Gubernamental?

[IA] Es recomendable que los contadores mantengan un registro detallado para facilitar auditorias y revisiones futuras.

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