El registro de las etapas del presupuesto se realizará en cuentas contables establecidas por el consejo, reflejando gastos e ingresos en diferentes fases. Esto es esencial para la gestión financiera.
El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas contables que, para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:
I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, y
II. En lo relativo al ingreso, el estimado, modificado, devengado y recaudado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Un registro claro de las etapas del presupuesto permite un mejor control y análisis del desempeño financiero de los entes públicos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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