LGCFD

Artículo 111. Objetivos de los estimulos

Los estímulos otorgados por la CONADE buscan desarrollar programas deportivos, impulsar la investigación y fomentar actividades deportivas a nivel nacional. Esto incluye apoyo a deportistas con discapacidad y la mejora de instalaciones deportivas.

estímulosprogramas deportivosinvestigacioninstalaciones

Texto Legal

Los estímulos a que se refiere el presente Capítulo, que se otorguen con cargo al presupuesto de la CONADE, tendrán por finalidad el cumplimiento de alguno de los siguientes objetivos:

I. Desarrollar los programas deportivos de las Asociaciones Deportivas Nacionales;

II. Impulsar la investigación científica en materia de activación física, cultura física y deporte;

III. Fomentar las actividades de las Asociaciones Deportivas, Recreativas, de Rehabilitación y de Cultura Física, cuyo ámbito de actuación trascienda de aquél de las Entidades Federativas;

IV. Promover la actividad de clubes, asociaciones, ligas y deportistas, cuando esta actividad se desarrolle en el ámbito nacional;

V. Cooperar con los Órganos de las entidades federativas de Cultura Física y Deporte y, en su caso, con los Municipales o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y con el sector social y privado, en el desarrollo de los planes de la actividad deportiva escolar y universitaria, así como en los de construcción, mejora y sostenimiento de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto rendimiento; Fracción reformada DOF 19-01-2018

VI. Promover con los CONDE, Universidades y demás instituciones educativas la participación en los programas deportivos y cooperar con éstos para la dotación de instalaciones y medios necesarios para el desarrollo de sus programas;

LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VII. Promover con las Universidades la participación en los programas deportivos universitarios y cooperar con éstas para la dotación de instalaciones y medios necesarios para el desarrollo de sus programas;

VIII. Contribuir a elevar el desarrollo deportivo de los países de nuestro entorno histórico y cultural en respuesta a tratados o convenios de cooperación internacional;

IX. Fomentar y promover equitativamente planes y programas destinados al impulso y desarrollo de la actividad física y del deporte para las personas con discapacidad, y

X. Realizar cualquier actividad que contribuya al desarrollo de las competiciones que de acuerdo con la legislación vigente corresponda a la CONADE.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las asociaciones deportivas conozcan estos objetivos para alinearse y maximizar el uso de los recursos disponibles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del LGCFD?

Los estímulos otorgados por la CONADE buscan desarrollar programas deportivos, impulsar la investigación y fomentar actividades deportivas a nivel nacional. Esto incluye apoyo a deportistas con discapacidad y la mejora de instalaciones deportivas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la LEY de Cultura Física y Deporte?

[IA] Es importante que las asociaciones deportivas conozcan estos objetivos para alinearse y maximizar el uso de los recursos disponibles.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 111 del LGCFD?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 111 LGCFD desde tu celular