LGAAS

Artículo 54. Programas de difusion sobre desperdicio

El gobierno federal y estatal estableceran programas para fomentar hábitos que prevengan el desperdicio de alimentos entre los consumidores, buscando una mayor conciencia social.

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Texto Legal

El gobierno federal, a través de la Procuraduría Federal del Consumidor, así como los gobiernos estatales, a través de sus instancias competentes, establecerán programas de difusión a las personas consumidoras para fomentar hábitos que prevengan el desperdicio de alimentos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La educacion sobre el desperdicio de alimentos puede abrir oportunidades para que los productores se conecten con los consumidores y promuevan sus productos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LGAAS?

El gobierno federal y estatal estableceran programas para fomentar hábitos que prevengan el desperdicio de alimentos entre los consumidores, buscando una mayor conciencia social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la LEY de la Alimentación Adecuada y Sostenible?

[IA] La educacion sobre el desperdicio de alimentos puede abrir oportunidades para que los productores se conecten con los consumidores y promuevan sus productos.

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