LGAAS

Artículo 67. Secretariado Tecnico del Consejo

El Secretariado Técnico actúa como enlace entre las diferentes partes del Consejo Intersectorial Nacional. Su función es clave para la articulación del sistema agroalimentario.

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Texto Legal

El Consejo Intersectorial Nacional contará con un Secretariado Técnico, el cual será el órgano que servirá como enlace intersectorial con las diferentes dependencias y entidades públicas, así como representantes del sector social y privado.

El Secretariado Técnico tendrá las siguientes facultades:

I. Apoyar a la coordinación general del Consejo Intersectorial Nacional para la emisión del reglamento de funcionamiento del Consejo y de la Junta Directiva;

LEY GENERAL DE LA ALIMENTACIÓN ADECUADA Y SOSTENIBLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 17-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. Servir de enlace entre la Junta Directiva, las Comisiones de Trabajo, los Comités Técnicos, el Consejo Intersectorial Nacional y otras partes interesadas para la articulación del sistema agroalimentario mexicano;

III. Organizar las sesiones del Consejo Intersectorial Nacional, previo acuerdo de la Junta Directiva;

IV. Proponer o recibir propuestas de nuevas Comisiones de Trabajo y Comités Técnicos, para su presentación a la Junta Directiva;

V. Emitir las convocatorias para las sesiones del Consejo Intersectorial Nacional previo acuerdo de su Junta Directiva;

VI. Llevar el registro y control de las actas, acuerdos y toda la documentación relativa al funcionamiento del Consejo Intersectorial Nacional;

VII. Preparar el informe anual de resultados y rendición de cuentas del Consejo Intersectorial Nacional, la presentación del mismo a la Junta Directiva y apoyar a la coordinación general del Consejo en la publicación de dicho informe;

VIII. Coordinar el trabajo de las diferentes coordinaciones de trabajo, y

IX. Las demás que señale el reglamento interno del Consejo Intersectorial Nacional.

Sección Tercera De las Comisiones de Trabajo y Comités Técnicos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El Secretariado Técnico facilita la comunicación entre las partes interesadas. Los profesionales deben conocer su estructura para aprovechar las oportunidades de colaboración.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del LGAAS?

El Secretariado Técnico actúa como enlace entre las diferentes partes del Consejo Intersectorial Nacional. Su función es clave para la articulación del sistema agroalimentario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la LEY de la Alimentación Adecuada y Sostenible?

[IA] El Secretariado Técnico facilita la comunicación entre las partes interesadas. Los profesionales deben conocer su estructura para aprovechar las oportunidades de colaboración.

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