LGAAS

Artículo 68. Comisiones de Trabajo del Consejo

Las Comisiones de Trabajo son grupos encargados de realizar investigaciones y propuestas para un sistema agroalimentario sostenible. Su trabajo es fundamental para el desarrollo de políticas.

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Texto Legal

Las Comisiones de Trabajo serán los grupos de trabajo del Consejo Intersectorial Nacional encargados de realizar trabajos de investigación y de propuestas, con objetivos específicos que contribuyan a lograr un sistema agroalimentario saludable, justo, sostenible y competitivo.

Las Comisiones tendrán un coordinador y podrán estar conformadas por representantes de los sectores público y social.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las comisiones son esenciales para generar propuestas informadas. Los profesionales deben estar atentos a sus resultados para asesorar a sus clientes sobre nuevas políticas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LGAAS?

Las Comisiones de Trabajo son grupos encargados de realizar investigaciones y propuestas para un sistema agroalimentario sostenible. Su trabajo es fundamental para el desarrollo de políticas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY de la Alimentación Adecuada y Sostenible?

[IA] Las comisiones son esenciales para generar propuestas informadas. Los profesionales deben estar atentos a sus resultados para asesorar a sus clientes sobre nuevas políticas.

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