Los municipios deberán definir en sus planes de desarrollo los ejes de políticas alimentarias, alineándose con la Estrategia Nacional de Alimentación. Esto asegura una coherencia en las políticas alimentarias.
Los gobiernos de los municipios y de las demarcaciones territoriales, precisarán en sus respectivos planes municipales de desarrollo o planes análogos, los ejes generales de las políticas alimentarias del municipio o demarcación territorial, desde los cuales se establecerán las bases para lograr el objetivo de hacer efectivo el derecho a la alimentación adecuada. Estos ejes no deberán ser contradictorios con la Estrategia Nacional de Alimentación y el Programa Especial del Sistema
LEY GENERAL DE LA ALIMENTACIÓN ADECUADA Y SOSTENIBLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 17-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Agroalimentario, así como el de su respectiva entidad federativa y deberán contar con objetivos a corto, mediano y largo plazo.
Para efectos del párrafo anterior, los municipios o demarcaciones contarán con la coadyuvancia del Consejo Intersectorial Municipal o de Demarcación territorial que corresponda y con los demás participantes de la sociedad civil, personas expertas independientes, o funcionarios de organizaciones nacionales o internacionales especializadas en el tema que se consideren apropiados.
TÍTULO OCTAVO DE LAS EMERGENCIAS ALIMENTARIAS
Capítulo I De la Declaratoria de actuación para la seguridad alimentaria en situaciones de emergencia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo enfatiza la importancia de la alineación entre diferentes niveles de gobierno. Es recomendable que los profesionales revisen estos planes para asesorar adecuadamente a sus clientes.
Anterior
Art. 95. Respeto a Propuestas Comunitarias
Siguiente
Art. 97. Definición de Emergencia Alimentaria
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo